Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

¿Cómo determinar la base gravable del impuesto al patrimonio?

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 467 de 2024, en el absolvió la siguiente consulta sobre la base gravable del impuesto al patrimonio:

Para determinar la base gravable del impuesto al patrimonio del año 2024, ¿se deben tomar los valores patrimoniales de los bienes a 31 de diciembre de 2023 o al 1ro de enero 2024?

En primera medida, la DIAN recordó que el artículo 295-3 del Estatuto Tributario (E.T.) dicta que la base gravable del impuesto al patrimonio es el valor del patrimonio bruto del sujeto pasivo poseído a primero 1 de enero de cada año, restándole las deudas a cargo que estén vigentes en esa misma fecha. En este sentido, una interpretación adecuada del concepto de ‘patrimonio bruto’ es aquél que se constituye por el total de bienes y derechos apreciables en dinero poseídos por el sujeto pasivo al 1 de enero de cada año. Seguidamente, a este valor se le restan las deudas vigentes del sujeto pasivo a la misma fecha, con lo cual, se obtiene la base gravable del impuesto, que corresponde al ‘patrimonio líquido’.

Así bien, la DIAN aclaró que, teniendo en cuenta que el legislador, en virtud de los principios de legalidad y de certeza, estableció la forma y el momento exacto para determinar la base gravable del impuesto al patrimonio, no tiene cabida una interpretación diferente y tampoco sería razonable acudir a normas diferentes para atribuir un contenido o alcance distinto a la norma indicada.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Fuente: INCP

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