Renta personas naturales

Aclaración sobre la deducción del 1% de las compras con factura electrónica

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó el Concepto No. 423 del 6 de junio de 2024, donde absolvió una consulta acerca de la posibilidad de deducir las compras con factura electrónica a nombre de un mandatario.

La última reforma tributaria (Ley 2277 de 2022) estableció que los contribuyentes personas naturales que declaran ingresos en la cédula general pueden solicitar como deducción en el impuesto sobre la renta, independientemente de que tenga o no relación de causalidad con su actividad productora, el 1 % del valor de las adquisiciones soportadas con factura electrónica, sin que excedan las 240 unidades de valor tributario (UVT) en el respectivo año gravable.

En tal sentido, la DIAN aclaró que solo se tendrán en cuenta las adquisiciones realizadas directamente por las personas naturales declarantes de ingresos en la cédula general, soportadas con factura electrónica y que cumplan con todos los requisitos señalados en el numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 423 del 6 de junio de 2024 – DIAN

Fuente: INCP

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