Reporte obligatorio de sostenibilidad para empresas.
El pasado 21 de noviembre, a través de la Circular Externa 100-000010 de 2023 la Superintendencia de Sociedades adicionó a la Circular Básica Jurídica el capítulo XV, sobre reportes obligatorios de sostenibilidad.
El pasado 21 de noviembre, a través de la Circular Externa 100-000010 de 2023 la Superintendencia de Sociedades adicionó a la Circular Básica Jurídica el capítulo XV, sobre reportes obligatorios de sostenibilidad.
Esta norma, en términos sencillos, indica que todas las empresas vigiladas o controladas por la Superintendencia de Sociedades, con ingresos o activos iguales o superiores a 40.000 smlmv, o empresas vigiladas o controladas pertenecientes a los sectores minero-energético, manufactura, construcción, turismo, telecomunicaciones y nuevas tecnologías que en el año anterior hubieren percibido ingresos totales, iguales o superiores a 30.000 smlmv, deberán implementar un proceso de debida diligencia que permita evaluar los impactos de sostenibilidad de sus actividades y prevenir y evitar riesgos asociados.
Asimismo, deberán elaborar un reporte de sostenibilidad bajo estándares internacionales (GRI, SASB, IFRS S1 y S2, entre otros) que contenga, como mínimo el contexto y estrategia de sostenibilidad de la empresa, la asignación de la persona responsable y la revelación de su gestión.
Este deberá ser publicarlo y divulgarlo al interior de la empresa y comunicado a sus diferentes grupos de interés, por lo menos una vez al año. Asimismo, la Superintendencia considera una buena práctica el incluirlo en la página web de la sociedad. Por último, es importante resaltar que el incumplimiento de esta obligación acarreará la imposición de multas, por parte de la Superintendencia de Sociedades, de hasta 200 smlmv (Ley 222/1995, Art. 86 N.3).
Este reporte obligatorio de sostenibilidad para empresas abre la puerta a una nueva forma de hacer negocios y de crear empresas en Colombia: la forma sostenible. Y este, realmente, es un principio que ha existido siempre, ya que nuestra Constitución Política establece que las empresas y la propiedad tienen (y son) una función social.